Plan de autoprotección Comunidad Valenciana

El plan de autoprotección es un documento que recoge toda la información que puede servir como norma u orientación en caso de emergencia en una empresa. 

A nivel estatal, los planes de autoprotección están regulados por el Real Decreto 393/2007, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección. En términos autonómicos, en la Comunidad Valenciana quedan regulados por el Decreto 32/2014, de 14 de febrero, por el que se aprueba el Catálogo de Actividades con Riesgo de la Comunidad Valenciana y se regula el Registro Autonómico de Autoprotección.

¿Para qué sirve el plan de autoprotección?

Los planes de autoprotección en la Comunidad Valenciana disponen las medidas preventivas y las acciones que deben ejecutarse y por parte de qué equipos en caso de emergencia. Esta documentación también incluye la evaluación de los riesgos que puedan llegar a afectar al espacio físico donde se desarrolla la actividad o aquellos que puede provocar la propia actividad.

¿Cuándo es necesario el plan de autoprotección?

Las normativas estatal y autonómica recogen aquellas actividades y sectores económicos para las que es obligatorio contar con un plan de autoprotección. Entre estas actividades se encuentran las siguientes:

  • Las industriales, de almacenamiento y de investigación.
  • Las relacionadas con infraestructuras de transporte e infraestructuras energéticas.
  • Las actividades sanitarias.
  • Las actividades docentes.
  • Las actividades residenciales públicas y de alojamiento.
  • Las actividades de espectáculos públicos y recreativas.
  • Las actividades comerciales y aquellos edificios que alberguen actividades administrativas o de servicios.

Obligaciones del plan de autoprotección

Los titulares de los establecimientos donde se desarrollen actividades que puedan dar origen a situaciones de Emergencia, deben, además de elaborar y presentar el plan de autoprotección ante las autoridades competentes, inscribirse en el Registro Autonómico de Planes de Autoprotección, y concertar los seguros u otras garantías financieras equivalentes necesarias para cubrir los riesgos, al menos, de incendio y responsabilidad civil. 

La creación del plan de autoprotección permite un mejor conocimiento de las instalaciones, del material y del equipo de trabajo, así como los riegos, las carencias y las necesidades.

Este conocimiento de la empresa, permite establecer la organización de la seguridad y el control de las posibles situaciones de emergencia, así como fomentar la prevención y la eliminación de los riesgos. 

Para ello, es indispensable contar con un equipo o equipos de personas formadas para actuar con eficacia siempre y cuando sea necesario. Estos son algunos de los criterios mínimos incluidos en el RD 393/2007.

Una vez elaborado el plan de autoprotección, este debe ser presentado en el ayuntamiento de la localidad de la Comunidad Valenciana donde se desarrolle la actividad, así como en el departamento de la administración pública que conceda la licencia, permiso o autorización
necesaria para el comienzo de la misma.

Registro de planes de autoprotección Comunidad Valenciana

El registro autonómico de planes de autoprotección es un recurso diseñado para la inscripción de aquellos datos de relevancia para la protección civil.

Algunos datos que se incluyen en el registro son el nombre del establecimiento, actividad desarrollada, datos estructurales del establecimiento, descripción del entorno, de los accesos, focos de peligro, instalaciones contra incendios y diferentes planos.

También es posible modificar o cancelar los datos inscritos en el Registro mediante comunicación al encargado de la gestión del mismo.

¿Quién hace el plan de autoprotección?

En la Comunidad Valenciana, los planes de autoprotección deben estar redactados por Técnicos.

Además, el Técnico debe deberá certificar que la documentación del Plan de Autoprotección refleja la realidad del edificio y que se ajusta al Proyecto Final de Obra o Documentación Técnica autorizada por la administración competente.

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