Asesoría auditoría legal obligatoria

A través de la auditoría, la autoridad competente detecta si existen incumplimientos de la normativa vigente en el sistema de prevención de la empresa. Para ello, se lleva a cabo un metódico examen del sistema de prevención.

Empresas obligadas a someterse a auditoría

Las empresas obligadas a someterse a una auditoría son aquellas que no gestionan todas las actividades preventivas a través de un servicio de prevención ajeno, según el Reglamento de los Servicios de Prevención del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.

Si una empresa tiene contratada una parte de la actividad preventiva con un servicio de prevención ajeno, sólo deben someterse a auditoría las actividades preventivas no gestionadas por ese servicio. 

Por su parte, el artículo 29 de este Real Decreto, indica aquellas empresas exentas de la obligatoriedad de la auditoría:

  • Que la empresa no tenga más de 50 trabajadores
  • Que se dedique a actividades peligrosas.
  • Que cumpla las actividades preventivas con recursos propios.
  • Que la complejidad de sus actividades preventivas sea baja y el sistema preventivo eficaz.

En estos casos, la empresa puede sustituir la auditoría por una notificación sobre la concurrencia de estas condiciones.

¿Cuándo hay que hacer auditoría?

La primera auditoría del sistema de prevención de una empresa debe llevarse a cabo dentro de los doce meses siguientes al momento en que se disponga de la planificación de su actividad preventiva.

Después, esta auditoría debe realizarse cada cuatro años. O cada dos años en el caso de empresas que realicen actividades peligrosas, incluidas en el anexo I del Real Decreto, como por ejemplo construcción, industria, siderurgia, alta tensión, etc.

¿En qué consiste la auditoría legal obligatoria?

Nuestro trabajo consiste en ayudar a la empresa a cumplir con todos los requisitos exigidos para la auditoría inicial o periódica de las empresas que constituyen un servicio de prevención propio o mancomunado.

Esto quiere decir, cumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Evaluaciones de riesgos, dotación de epis, comunicación y participación de los trabajadores, investigación de accidentes, planificación de la actividad preventiva, coordinación de actividades empresariales, reconocimientos médicos, simulacros, seguimiento de la integración preventiva en la empresa…

  1. En primer lugar, realizaremos una evaluación de los riesgos.
  2. A continuación, comprobaremos que se planificado las actividades preventivas acordes a lo estipulado por la normativa
  3. Analizaremos los recursos, medios proporcionados y procedimientos de prevención para verificar que son adecuados: equipos de protección, comunicación, coordinación, investigación, etc.

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