Podemos definir la normativa como un conjunto de leyes o normas que regulan una materia común.

Suele emplearse para referirse a las normas que regulan un tema específico, un ámbito o un territorio. Por ejemplo, la normativa autonómica, la normativa urbanística o la normativa de prevención.

No obstante, la normativa no sólo se refiere al ordenamiento de ciertos comportamientos, ya que también se habla, por ejemplo, de normativa lingüística.

En este caso, se refiere a las diferentes normas que regulan el uso de la gramática de una lengua determinada.

Características de una normativa

Las normativas son:

  • Impersonales: porque se dirigen a la sociedad en conjunto.
  • Obligatorias: tienen carácter vinculante.
  • Abstractas: no recogen supuestos concretos, sino un supuesto general donde se pueden entender los demás casos concretos.
  • Generales: son dictadas para que sean cumplidas por toda la población a la que se dirige.
  • Públicas: son expuestas de forma pública para su conocimiento.

Para el caso que nos ocupa, el de la ingeniería y la prevención laboral, debemos tener en cuenta que dentro de la normativa existe una jerarquía. En nuestro país, las diferentes normas están ordenadas de forma que las de rango inferior no pueden contradecir a las de rango superior.

El artículo 1.2 del Código civil de España establece que carecerán de validez las disposiciones que contradigan otras de rango superior”.

La Constitución española regula la relación entre normas y sus relaciones de jerarquía y competencia.

Según este orden de jerarquía, a la Constitución le siguen las leyes orgánicas, después los decretos ley, a continuación los reglamentos, y, por último las ordenanzas y la jurisprudencia.