La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular describe residuos como “cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar”.
¿Qué tipo de residuos existen?
En función de la naturaleza de los residuos y su capacidad para generar situaciones de riesgo, se clasifican en:
Residuos peligrosos
Son aquellos que presentan una o varias características de peligrosidad y que han sido clasificados de este modo por el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa de la Unión Europea o en los convenios internacionales de los que España sea parte.
Las características que permiten clasificarlos como peligrosos son:
- Toxicidad específica en determinados órganos / toxicidad por aspiración.
- Toxicidad aguda.
- Carcinógenos.
- Tóxicos para la reproducción.
- Mutagénicos.
- Que liberan gases de toxicidad aguda.
- Ecotóxicos.
Residuos no peligrosos
Los residuos no peligrosos son aquellos que no presentan ninguna de las características mencionadas anteriormente y que, por tanto, no generan ningún riesgo físico, para la salud o el medio ambiente.
Por otro lado, según el origen del residuo, estos se clasifican en:
- Residuos agrarios y silvícolas.
- Residuos alimentarios.
- Residuos comerciales (incluyendo los generados en servicios de restauración, bares, oficinas, mercados, etc.).
- Residuos de competencia local (gestionados por las entidades locales).
- Residuos de construcción y demolición.
- Residuos domésticos (producidos en los hogares, pero también los generados en servicios o industrias y que sean asimilables a los domésticos en cuanto a composición y cantidad).
- Residuos industriales (resultantes de los procesos de producción, fabricación, transformación, utilización, consumo, limpieza o mantenimiento).
- Residuos municipales (tanto los mezclados como los recogidos de forma separada: papel y cartón, plásticos, biorresiduos, etc.).
Obligaciones del productor de residuos
Relativas a la gestión de sus residuos
- Asegurarse de que los residuos que genera son tratados de forma adecuada. Para ello, podrá realizar el tratamiento por sí mismo, si dispone de la correspondiente autorización para llevar a cabo esa operación; encargar el tratamiento a un negociante o gestor de residuos autorizado o entregar los residuos a una entidad pública o privada de recogida de residuos (un ecoparque, por ejemplo).
- Identificar los residuos y, si se trata de residuos peligrosos, determinar sus características de peligrosidad, antes de la entrega para su gestión.
- Suministrar a las empresas autorizadas para llevar a cabo la gestión de residuos la información necesaria para su adecuado tratamiento. Se debe informar a las entidades locales sobre los residuos que presenten características especiales que puedan producir trastornos en el proceso de gestión.
- Informar a la administración ambiental competente en caso de desaparición, pérdida o escape de residuos peligrosos.
- Los productores de más de 10 toneladas al año de residuos peligrosos tienen la obligación de suscribir un seguro u otra garantía financiera que cubra las responsabilidades a que puedan dar lugar sus actividades, atendiendo a sus características, peligrosidad y potencial riesgo.
Relativas al almacenamiento, mezcla, envasado y etiquetado de residuos
- Disponer de una zona habilitada e identificada para el correcto almacenamiento de los residuos. Los residuos peligrosos deben almacenarse protegidos de la intemperie y con sistemas de retención de vertidos y derrames.
- No mezclar residuos no peligrosos si eso dificulta su valorización.
- No mezclar ni diluir los residuos peligrosos con otras categorías de residuos peligrosos ni con otros residuos, sustancias o materiales.
- Envasar los residuos peligrosos de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1272/2008 (CLP).
Los recipientes que contengan residuos peligrosos deben estar etiquetados de forma clara y visible, legible e indeleble. En la etiqueta debe aparecer: el código y la descripción del residuo, el nombre, la asignación de Número de Identificación Medioambiental (NIMA), la dirección y teléfono del productor de los residuos, la fecha en la que se inicia el depósito de residuos y la naturaleza de los peligros que presentan los residuos.
En la siguiente imagen se puede observar un ejemplo de cómo debe ser la etiqueta de residuos:

¿Durante cuánto tiempo se pueden almacenar los residuos?
En función del tipo de residuo, la duración máxima que el productor puede almacenarlos en sus instalaciones será:
- Residuos no peligrosos: dos años cuando su destino sea la valorización y un año cuando se destinen a eliminación.
- Residuos peligrosos: se podrán almacenar durante, como máximo, seis meses. En supuestos excepcionales y bajo la aprobación de la autoridad competente, este plazo se podrá ampliar otros seis meses.
Comunicación inicial previa a la actividad de producción de residuos
En los siguientes casos, es obligatorio presentar, ante la autoridad competente de la comunidad autónoma, una comunicación previa al inicio de las actividades:
- En la instalación, ampliación, modificación sustancial o traslado de industrias o actividades que generen residuos peligrosos.
- En la instalación, ampliación, modificación sustancial o traslado de industrias o actividades que generen residuos no peligrosos en cantidades superiores a 1.000 toneladas/año.
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