Nuevo Reglamento de Máquinas

Internet de las cosas

Hoy, día 19 de julio de 2023, entra en vigor el nuevo Reglamento (UE) 2023/1230, relativo a las máquinas, que deroga a la Directiva 2006/42/CE y será de obligada aplicación a partir del 20/01/2027.

Cabe recordar que la Directiva 2006/42/CE tenía como finalidad definir unos requisitos esenciales de salud y seguridad de alcance general, así como una serie de requisitos más específicos dirigidos a determinados tipos de máquinas.

Esta normativa es la que obliga a que las máquinas comercializadas y/o puestas en servicio en alguno de los Estados miembro dispongan de marcado CE, así como que cuenten con una documentación técnica, un manual de instrucciones y una declaración CE de conformidad.

 

¿Por qué se ha aprobado una nueva normativa sobre máquinas?
 

El nuevo Reglamento nace de la necesidad de actualizar la normativa sobre la comercialización y puesta en el mercado de las máquinas, para adaptarla al nivel de la técnica actual y dar respuesta a las nuevas cuestiones que surgen como consecuencia de la tecnología de la que disponemos hoy en día.

Por ejemplo, la tendencia actual es introducir en el mercado máquinas más avanzadas, que no dependen tanto de los operadores humanos. Estas máquinas trabajan en tareas definidas y en entornos estructurados, pero pueden aprender a realizar nuevas acciones en este contexto y hacerse más autónomas.

Otras mejoras que ya se han incorporado o cabe esperar que se incorporen a las máquinas tienen que ver con el tratamiento de la información en tiempo real, la resolución de problemas, la movilidad, los sistemas de sensores, el aprendizaje, la adaptabilidad y la capacidad de operar en entornos no estructurados (como obras de construcción).

El 19 de febrero de 2020 se emitió un informe de la Comisión sobre las repercusiones en materia de seguridad y responsabilidad civil de la inteligencia artificial, el internet de las cosas y la robótica, el cual concluye que la aplicación de estas tecnologías entraña nuevos retos para la seguridad de los productos y, por tanto, la legislación vigente, incluida la Directiva 2006/42/CE, debe corregirse, pues presenta resquicios jurídicos que tienen que ser solventados.

Un ejemplo de cómo se adapta esta normativa a la realidad actual es que ya no se refiere solo a componentes físicos de seguridad, sino también a componentes digitales con funciones de seguridad. En este sentido, se especifica que un software que desempeñe una función de seguridad y que se comercialice de manera independiente a las máquinas en las que vaya a incorporarse debe considerarse un componente de seguridad.

Veamos las principales novedades que introduce este Reglamento.

Digitalización de la documentación relacionada

En las consideraciones iniciales que plantea el Reglamento (CE) 2023/1230 se especifica que “las instrucciones y demás documentación pertinente podrán proporcionarse en formato digital imprimible”.

 

Definiciones

El Artículo 2 del Reglamento introduce nuevas definiciones con respecto a la anterior Directiva, las cuales permiten conocer mejor su ámbito de aplicación y aclaran conceptos fundamentales como las figuras del importador, el distribuidor y el agente económico.

Software

 

Ámbito de aplicación

Se incluyen en el ámbito de aplicación del Reglamento nuevas máquinas y tecnologías, como:

  • Máquinas móviles autónomas.

  • Máquinas de impresión aditiva para la fabricación de productos tridimensionales (impresoras 3D).

  • Vehículos de movilidad personal: como los patinetes y bicicletas eléctricas, que no estén sujetos a la homologación de tipo UE con arreglo a otros reglamentos europeos.

 

Clasificación de las máquinas de riesgo especial

La anterior Directiva establecía, en su Anexo IV, un listado de máquinas de especial riesgo que requerían unos procedimientos de evaluación de la conformidad determinados.

Pues bien, el nuevo Reglamento, aparte de incluir dos nuevas categorías de máquinas/componentes que incorporan sistemas con inteligencia artificial en este listado, lo divide en dos partes: la Parte A y la Parte B.

Las máquinas y componentes incluidos en la parte A deberán ser inspeccionados obligatoriamente por un Organismo Notificado para obtener la evaluación de la conformidad, cuando antes se podía optar por otras vías que no requerían la actuación de un ON.

 

Nuevos requisitos esenciales de salud y seguridad

Se establen nuevos requisitos de seguridad y salud relacionados con:

  • La conectividad de las máquinas (protección contra la corrupción). Se han establecido requisitos específicos en relación al código fuente y la lógica de programación, garantizando así la seguridad de las máquinas en este aspecto crucial.

  • El contacto con líneas eléctricas aéreas en tensión.

 

En Spirit Ingeniería tenemos una amplia experiencia ayudando a fabricantes e importadores de maquinaria a cumplir con la normativa de seguridad aplicable. Si tienes dudas sobre cómo aplicar esta nueva reglamentación, ponte en contacto con nosotros.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.